Policarbonato Celular
Materiales y clasificación al fuego según el uso
Este mes utilizaremos este espacio, para hacer una breve exposición del concepto reacción al fuego y su marco normativo de referencia, en los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de comportamiento frente al fuego.Reacción al fuegoPara empezar, definiremos que se entiende por reacción al fuego, con ello se determina la propensión de un material a alimentar un incendio. El conjunto de criterios adoptados en esta norma, para determinar la reacción al fuego son: la inflamabilidad de los materiales, el poder calorífico, la rapidez de propagación de la llama, el índice de producción de humo, la presencia de gotas y restos incandescentes y/o una combinación de los diferentes aspectos relacionados con la seguridad.Marco normativo de referenciaEspecificaciones de obligado cumplimiento, según el tipo de construcción y uso:
- DB SI del Real Decreto 314/2006, de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
- Real Decreto 267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (RSCIEI).
- Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico de baja tensión (REBT).
Normativa de clasificación:
- RD 842/2013, de 31 de octubre, por el que se aprueba la Clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego.
Anexo I. Aplicable a los productos de construcción (a excepción de los textiles suspendidos, elementos textiles de cubierta integrados en edificios, butacas y asientos fijos tapizados, así como productos de la construcción de cubiertas y recubrimientos de estas).
Anexo II. Aplicable a los productos de construcción de cubiertas y recubrimiento de estas.
- UNE-EN 13501-1: 2007 +A1:2010, en general.
Clasificación en función del comportamiento frente al fuego de los productos de construcción y elementos para la edificación. Parte 1: Clasificación a partir de datos obtenidos en ensayos de reacción al fuego.
Esta norma es aplicable sobre: productos de construcción, y trata específicamente el revestimiento de suelos y los productos lineales para aislamiento térmico de tuberías.
La norma no hace referencia explícita a su aplicación sobre cableado eléctrico, textiles suspendidos, elementos textiles de cubierta y butacas-asientos fijos.
- UNE-EN 13501-5: 2007 +A1:2010, para cubiertas.
Clasificación en función del comportamiento frente al fuego de los productos de construcción y elementos para la edificación. Parte 5: Clasificación a partir de datos obtenidos en ensayos de cubiertas ante la acción de un fuego exterior.
- UNE-EN 1021-1:2015 y UNE-EN 1021-2:2015, para mobiliario tapizado.
UNE-EN 1021-1:2015. Valoración de la inflamabilidad del mobiliario tapizado. Parte 1: fuente de ignición, cigarrillo en combustión.
UNE-EN 1021-2:2015. Valoración de la inflamabilidad del mobiliario tapizado. Parte 2: fuente de ignición, llama equivalente a una cerilla.
- UNE-EN 13773:2003, para textiles.
UNE-EN 13773:2003. Textiles y productos textiles. Comportamiento al fuego. Cortinas y cortinajes. Esquema de clasificación.
- UNE 23727:1990, para elementos constructivos secundarios textiles.
UNE 23727:1990. Ensayos de reacción al fuego de los materiales de construcción. Clasificación de los materiales utilizados en la construcción.
Clasificación productos construcción RD 842/2013, conforme a la UNE EN 13501-1+A1La actual catalogación, conforme a la UNE 13501-1+A1, sobre la clasificación de reacción al fuego de los materiales de construcción, establece las clasificaciones A-F , seguidas de dos subíndices según su comportamiento. Por otra parte, para los elementos constructivos, establece las clases R, RE y REI, dependiendo del tiempo que el elemento mantiene su estabilidad.A continuación, presentaremos los siete niveles en los que puede ser clasificado un producto, según su potencial energético, ordenados de menor a mayor.
- A1: No Combustible. Sin contribución en grado máximo al fuego. Nivel en el que se integran productos que en ninguna fase del incendio contribuyen al mismo. No presenta subíndices.
- A2: No Combustible. Sin contribución en grado menor al fuego. Nivel en el que se integran productos con poder calorífico muy limitado, que no aportan de modo significativo carga de fuego ni contribuyen en su desarrollo. No presenta subíndices.
- B: Combustible. Productos combustibles con contribución muy limitada al fuego.
- C: Combustible. Productos combustibles con contribución limitada al fuego.
- D: Combustible. Productos combustibles con contribución media al fuego.
- E: Combustible. Productos combustibles con contribución alta al fuego.
- F: Sin clasificar. Nivel en el que se integran los productos que no pueden satisfacer ninguna de las exigencias anteriores o cuyas prestaciones no han sido sometidas a ninguna valoración.
En resumen, los productos recogidos por el RD 842/2013, conforme a la Norma UNE EN 13501-1, según su combustibilidad (de menor a mayor contribución al fuego) la clasificación iría de A1 a F, añadiéndole el subíndice correspondiente, siendo:Según la opacidad de los humos (smoke), se determinan 3 niveles:
- S1: Velocidad y cantidad de emisión bajas.
- S2: Velocidad y cantidad de emisión medias.
- S3: Velocidad y cantidad de emisión elevadas.
Según la caída de gotas o partículas inflamadas (drop), se determinan 3 niveles:
- d0: Ausencia de gotas inflamadas.
- d1: Tiempo de inflamación t < 10 s.
- d2: Tiempo de inflamación t > 10 s.
La clasificación de los materiales para paredes y techos irá sin subíndices, en cambio los suelos llevarán el FL (floor) y los productos lineales para aislamientos de tuberías llevaran una L ( line ).Tabla resumen reacción al fuego exigida según ubicación: CTE-DB SI

Tabla resumen reacción al fuego exigida según ubicación: RSCIEI

A modo de ejemplo, expondremos un caso práctico dónde tendremos de determinar la exigencia que ha de cumplir los materiales de revestimiento según el uso y ubicación del mismo.Siendo una Nave industrial de 1000 m2, en un único sector y una zona de oficinas repartida en 3 plantas de 600 m2.Tipología de la nave: Tipo CSectores y normativa de aplicación:
- Zona nave almacenamiento materiales (1000 m²). Norma de aplicación RSCIEI
- Zona oficinas (600 m²). Norma de aplicación CTE DB SI, s >250 m²
Reacción al fuego exigida:
- RSCIEI: la zona destinada a nave industrial

- CTE-DB SI: la zona de oficinas

Nave industrial + Zona de oficinas

En este caso en el ámbito de la nave industrial, como en la zona de oficinas, la solución para cerramiento de fachada tendría una exigencia, C-s3,d0 y B-S3,d2, respectivamente.Con la instalación propuesta de nuestro AK10 40/500 7P, panel machihembrado de 40 mm de espesor de policarbonato celular, y una clasificación B-s1,d0 mejoraríamos la clasificación solicitada por las dos normas que le son de aplicación.Clasificación de los elementos constructivos RD 842/2013, conforme a la UNE EN 13501-1+A1En este caso, se determinan catorce criterios por la que se clasifica un elemento constructivo, según su función en el conjunto de la edificación. Siendo:
- R: Capacidad portante.
- E: Integridad.
- I: Aislamiento.
- W: Radiación.
- M: Acción mecánica.
- C: Cierre automático.
- S: Estanqueidad al paso de humos.
- G: Resistencia a la combustión de hollines.
- K: Capacidad de protección contra incendios.
- F: Funcionalidad extractores mecánicos de humo y calor.
- B: Funcionalidad extractores mecánicos de humo y calor.
- D: Duración de la estabilidad a temperatura constante.
- DH: Duración de la estabilidad considerando la curva normalizada tiempo-temperatura.
- P o PH: Continuidad eléctrica o de la transmisión de señal.
A la clasificación expuesta, se le añade el valor en minutos que indica el tiempo máximo de exposición a fuego que mantiene la característica correspondiente, ya sea resistencia, estabilidad, ....Según la función del elemento constructivo, se le exigirá mantener uno o más de los criterios que hemos enumerado, durante un tiempo máximo de exposición al fuego. A modo de aclaración explicaremos los conceptos:
- R(t): tiempo que se cumple la estabilidad al fuego o capacidad portante (similar al concepto de estabilidad al fuego, EF). Específico de elementos que ejercen función portante, podríamos hablar de vigas y pilares.
- EI(t): tiempo que se cumple la integridad al paso de las llamas y gases calientes y a la temperatura. Tan sólo aplicable de elementos separadores sin función portante, tales como fachadas o medianeras sin función portante.
- REI(t): tiempo que se cumple la estabilidad, la integridad y el aislamiento térmico (similar al concepto de resistencia al fuego, RF). Aplicable a elementos constructivos que además de función separadora también tienen capacidad portante, tal como forjados o cerramientos con muros portantes.